QUIEN PUEDE SER ASOCIADO Y REQUISITOS: Pueden ser asociados de la Cooperativa, las siguientes personas naturales:

1.    Los fundadores, a partir del acta de constitución y los que ingresen posteriormente, cuando sean admitidos por el organismo competente de la Cooperativa.

2.    Los trabajadores de la Chec S.A. ESP o de quien sustituya a ésta, que tengan contrato a término indefinido, los jubilados, los pensionados y/o bonificados  de la misma o quienes tengan expectativas de jubilación con la Chec S.A. ESP.

3.    El cónyuge o compañero permanente e hijos mayores de dieciocho (18) años de los asociados y que tengan un contrato laboral vigente no inferior a doce (12) meses y/o pensión.

4.    El sustituto de la pensión del asociado fallecido y que demuestre tal calidad ante la Cooperativa.

5.    Los empleados de la Cooperativa que tengan contrato laboral a término indefinido.

REQUISITOS:
 Los requisitos para ser asociados son los siguientes: 

1.    Ser legalmente capaz y ser mayor de edad.

2.    Demostrar el vínculo laboral o contrato.

3.    Presentar por escrito solicitud de afiliación al Consejo de Administración o ante quien este delegue, acompañada de toda la documentación que sea necesaria.  

4.    Proporcionar toda la información de carácter personal, laboral y económica que requiera la Cooperativa y que contemple el formato respectivo.

5.    Suscribir los aportes sociales en la cuenta que señale el Estatuto, cancelarlos en las condiciones establecidas y comprometerse a su pago periódico.

6.    Diligenciar la declaración de origen y procedencia de fondos y bienes.

7.    Acreditar el haber recibido como mínimo veinte (20) horas de educación básica cooperativa o comprometerse a recibirla durante los ciento ochenta (180) días calendario siguientes a su afiliación.

8.    No haber sido excluido de alguna entidad cooperativa o asociación de empleados.

9.    Los demás que exijan y estipulen la ley, los estatutos y los reglamentos.

PARÁGRAFO 1: Todas las gestiones relacionadas con la vinculación de las personas naturales a la Cooperativa, serán adelantadas por el Gerente y éste pasará todos los documentos e información requeridos al Consejo de Administración. 

PARÁGRAFO 2: Cuando un asociado quede en incapacidad mental, sus parientes podrán nombrar un familiar, mediante proceso de interdicción judicial, para que lo represente de acuerdo a la ley.

Formato de afiliación asociados
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Formato actualización de datos
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